Legalización de una instalación de Aire Comprimido en Castilla y León

Como ya explicamos en el artículo, Legalización  de una instalación de Aire Comprimido en Madrid, durante años, las instalaciones de aire comprimido han sido un elemento accesorio en las fábricas y talleres a las que no se les daba la importancia que realmente tienen. Lo habitual era que la instalación no estuviera legalizada, que en los equipos a presión no se realizaran pruebas hidráulicas de presión con la periodicidad que exigía el Reglamento, y que incluso en muchos casos la red de aire hubiera sido realizada por un fontanero con mínimos conocimientos de aire comprimido y las consecuentes deficiencias técnicas en su realización. En la actualidad y ya desde hace algunos años, gracias a las Auditorías ISO, los requisitos para la tramitación de las licencias de apertura y las inspecciones de Industria, cada día son más las fábricas y talleres que registran y legalizan sus instalaciones de aire comprimido, continuando en los años posteriores con los controles e inspecciones periódicos a los que obliga la ley, garantizando así la seguridad de las instalaciones y evitando accidentes o siniestros no deseados.

Desde la publicación en el B.O.E. en diciembre de 2008 del actual Reglamento de Equipos a Presión se han ido produciendo cambios en su forma de aplicación para realizar las legalizaciones. De hecho, la forma de registrar y legalizar un equipo a presión es distinta entre Comunidades Autónomas, e incluso entre provincias de una misma Comunidad Autónoma. Por ejemplo, hay diferencias en las placas de instalación. Hay provincias donde es el instalador el que facilita la placa de instalación, en otras es la Delegación de Industria la que las facilita, y por último, en algunas no hay placa de instalación. En este artículo trataremos de la aplicación del Reglamento de Equipos a Presión en las instalaciones de aire comprimido dentro de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

El ámbito de aplicación del Reglamento de Equipos a Presión es para para la puesta en servicio e inspección de las instalaciones de equipos a presión, las ampliaciones o modificaciones de dichas instalaciones, y los cambios de emplazamiento de los equipos ya instalados.

Las empresas instaladoras se clasifican en dos categorías. La categoría EIP-1, con capacidad para realizar instalaciones que no requieran proyecto, y la categoría EIP-2, con capacidad para realizar instalaciones con equipos a presión que requieran proyecto, así como las indicadas para la categoría EIP1.

A la hora de determinar la documentación que debe presentar el instalador para registrar y legalizar la instalación, lo primero que hay que tener en cuenta es si hay que realizar un proyecto o bien es suficiente con una memoria técnica. Las instalaciones que requieren proyecto son aquellas en las que la suma de los productos de la presión máxima de servicio de los equipos que componen la instalación en bar por el volumen en litros de todos los equipos a presión conectados de forma permanente en la misma instalación sea superior a 25.000, excluidas las tuberías de conexión de los recipientes y los equipos no categorizados referidos en el artículo 4.3 de la Directiva 2014/68/UE.

De esta manera, con el Reglamento actual hay que efectuar la suma de volúmenes de todos los equipos a presión, a diferencia del antiguo Reglamento donde se consideraba cada equipo de forma independiente. También hay que diferenciar entre los conceptos de presión máxima admisible (PS) y de presión máxima de servicio (Pms). Presión máxima admisible es la presión máxima para la que está diseñado un equipo, mientras que presión máxima de servicio es la presión más alta, en las condiciones de funcionamiento, que puede alcanzar un equipo a presión o instalación. Ambas presiones no tienen porqué coincidir en una instalación, pero lo que sí hay que tener presente es que las válvulas de seguridad tienen que estar taradas a la Presión de precinto (Pp) que será la misma que la Presión máxima de servicio.

Para registrar una instalación con proyecto en la Comunidad Autónoma de Castilla y León es necesario presentar la siguiente documentación:

  • Documento oficial de solicitud de inscripción.
  • Proyecto técnico realizado por técnico competente y visado por el Colegio profesional correspondiente.
  • Justificante de pago de la tasa de Industria correspondiente.
  • Certificado de dirección técnica emitido por técnico titulado competente y visado por el correspondiente Colegio oficial.
  • Certificado de instalación emitido por el técnico titulado competente de la empresa EIP-2 y visado por el correspondiente Colegio oficial. En este caso, el certificado de instalación podrá sustituir al certificado de dirección técnica si incluye lo indicado en los apartados 1 y 2 del anexo IV, referidos a los datos que deben incorporar dichos certificados.
  • Declaraciones de conformidad de los equipos a presión o conjuntos de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 769/1999, de 7 de mayo, o en el Real Decreto 1495/1991, de 11 de octubre y, en su caso, de los accesorios de seguridad o presión. En caso de equipos a presión transportables que se utilicen de forma permanente en una instalación fija bastará con la declaración del instalador de que el equipo a presión dispone del marcado a que se hace referencia en el Real Decreto 222/2001, de 2 de marzo, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la directiva 1999/36/CE, del Consejo de 29 de abril, relativa a los equipos a presión transportables. En caso de aparatos usados, se acompañará el acta de inspección periódica de nivel C. Si los aparatos fueron comercializados antes de la entrada en vigor del R. D. 769/1999, de 7 de mayo, o del Real Decreto 1495/1991, de 11 de octubre y carecen de marcado CE, podrán presentarse los certificados de fabricación de acuerdo con reglamentación en vigor en el momento de su fabricación.
  • Justificación de Empresa instaladora habilitada en Equipos a Presión.

 

Para registrar una instalación con memoria técnica en la Comunidad Autónoma de Castilla y León es necesario presentar la siguiente documentación:

  • Documento oficial de solicitud de inscripción.
  • Justificante de pago de la tasa de Industria correspondiente.
  • Memoria técnica con esquema de principio de la instalación, firmado por la empresa instaladora de equipos a presión, en el que se indiquen los parámetros principales de funcionamiento (presión, temperatura, …) y un plano o croquis de la instalación.
  • Certificado de instalación suscrito tanto por empresa instaladora de equipos a presión como por su responsable técnico.
  • Declaraciones de conformidad de los equipos a presión o conjuntos de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 769/1999, de 7 de mayo, o en el Real Decreto 1495/1991, de 11 de octubre y, en su caso, de los accesorios de seguridad o presión. En caso de equipos a presión transportables que se utilicen de forma permanente en una instalación fija bastará con la declaración del instalador de que el equipo a presión dispone del marcado a que se hace referencia en el Real Decreto 222/2001, de 2 de marzo, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la directiva 1999/36/CE, del Consejo de 29 de abril, relativa a los equipos a presión transportables. En caso de aparatos usados, se acompañará el acta de inspección periódica de nivel C. Si los aparatos fueron comercializados antes de la entrada en vigor del R. D. 769/1999, de 7 de mayo, o del Real Decreto 1495/1991, de 11 de octubre y carecen de marcado CE, podrán presentarse los certificados de fabricación de acuerdo con reglamentación en vigor en el momento de su fabricación.
  • Justificación de Empresa instaladora habilitada en Equipos a Presión.

Las chapas de instalación de cada uno de los equipos a presión de la instalación las colocará el instalador habilitado una vez que haya realizado el registro de la instalación. Estas chapas de instalación son facilitadas por la Comunidad Autónoma de Castilla y León. La fecha de instalación determinará la fecha de las posteriores Inspecciones de nivel en función de la categoría del equipo a presión y del grupo de fluido. En el caso del aire comprimido o nitrógeno es el Grupo 2.

 

En la siguiente tabla se indican la periodicidad de los niveles de Inspección para los equipos a presión categorizados.

 

En la siguiente tabla se indican la periodicidad de los niveles de Inspección para las tuberías a presión categorizadas.

 

Para facilitar la identificación de la categoría de los equipos a presión para fluidos del Grupo 2 se puede utilizar el siguiente cuadro

 

(A) Sin categoría, según art. 4.3 Directiva 2014/68/UE

(B) PS ≤ 0,5 bar, no se aplica la Directiva

 

Para facilitar la identificación de la categoría de las tuberías a presión para fluidos del Grupo 2 se puede utilizar el siguiente cuadro

 

(A) Sin categoría, según art. 4.3 Directiva 2014/68/UE

(B) PS ≤ 0,5 bar, no se aplica la Directiva

En el procedimiento para la legalización y puesta en servicio de instalaciones de equipos a presión con equipos nuevos no hay que realizar ningún tipo de Inspección de nivel ya que es suficiente con presentar las Declaraciones de conformidad o Certificados de fabricación de los equipos. Pero para equipos antiguos cuya instalación y puesta en servicio se hubiera efectuado con anterioridad a la entrada en vigor de la Orden de 23 de marzo de 2016 y no hubieran comunicado tal hecho, se deberá realizar por una E.I.C.I. una Inspección de nivel C de toda la instalación, adjuntando el Certificado de Inspección con el resto de documentación a presentar para el registro de la instalación.

En la Comunidad Autónoma de Castilla y León, la ampliación o modificación de una instalación, por incorporación o sustitución de nuevos equipos a presión, así como los cambios de emplazamiento de los ya instalados, estarán sujetos a las mismas condiciones requeridas para la instalación de equipos nuevos. En caso de ampliaciones, a los efectos de necesitar el proyecto de instalación indicado en el anexo II.1, se tendrá en cuenta solamente la parte ampliada.

Como se puede comprobar leyendo este artículo, en una instalación de aire comprimido hay que tener en cuenta numerosos datos y características de la instalación y de los equipos a presión que la componen, los cuales determinan finalmente como realizar el registro de la instalación de aire comprimido. Un instalador habilitado, como SERVIAIRE, podrá asesorarle y realizar todas las gestiones para el registro y legalización de su instalación, así como las futuras Inspecciones de nivel.