Legalización de una Instalación de Aire Comprimido en Madrid

Durante años, las instalaciones de aire comprimido han sido un elemento accesorio en las fábricas y talleres a las que no se les daba la importancia que realmente tienen. Lo habitual era que la instalación no estuviera legalizada, que en los equipos a presión no se realizaran pruebas hidráulicas de presión con la periodicidad que exigía el Reglamento, y que incluso en muchos casos la red de aire hubiera sido realizada por un fontanero con mínimos conocimientos de aire comprimido y las consecuentes deficiencias técnicas en su realización.

En la actualidad y ya desde hace algunos años, gracias a las Auditorías ISO, los requisitos para la tramitación de las licencias de apertura y las inspecciones de Industria, cada día son más las fábricas y talleres que registran y legalizan sus instalaciones de aire comprimido, continuando en los años posteriores con los controles e inspecciones periódicos a los que obliga la ley, garantizando así la seguridad de las instalaciones y evitando accidentes o siniestros no deseados.

Reglamento de Equipos a Presión

Desde la publicación en el B.O.E. en diciembre de 2008 del actual Reglamento de Equipos a Presión se han ido produciendo cambios en su forma de aplicación para realizar las legalizaciones. De hecho, la forma de registrar y legalizar un equipo a presión es distinta entre Comunidades Autónomas, e incluso entre provincias de una misma Comunidad Autónoma. Por ejemplo, hay diferencias en las placas de instalación. Hay provincias donde es el instalador el que facilita la placa de instalación, en otras es la Delegación de Industria la que las facilita, y por último, en algunas no hay placa de instalación.

En este artículo trataremos de la aplicación del Reglamento de Equipos a Presión en las instalaciones de aire comprimido dentro de la Comunidad de Madrid. Su forma actual de gestión y tramitación entró en vigor mediante una Orden de 23 de marzo de 2016 e incluye además del procedimiento a realizar por el instalador habilitado, la mediación de una E.I.C.I. (Entidad de Inspección y Control Industrial).

El ámbito de aplicación del Reglamento de Equipos a Presión es para para la puesta en servicio e inspección de las instalaciones de equipos a presión, las ampliaciones o modificaciones de dichas instalaciones, y los cambios de emplazamiento de los equipos ya instalados. El plazo para la aprobación del registro es de 3 meses desde la fecha de presentación de la primera documentación.

Las empresas instaladoras se clasifican en dos categorías. La categoría EIP-1, con capacidad para realizar instalaciones que no requieran proyecto, y la categoría EIP-2, con capacidad para realizar instalaciones con equipos a presión que requieran proyecto, así como las indicadas para la categoría EIP1.

A la hora de determinar la documentación que debe presentar el instalador para registrar y legalizar la instalación, lo primero que hay que tener en cuenta es si hay que realizar un proyecto o bien es suficiente con una memoria técnica. Las instalaciones que requieren proyecto son aquellas en las que la suma de los productos de la presión máxima de servicio de los equipos que componen la instalación en bar por el volumen en litros de todos los equipos a presión conectados de forma permanente en la misma instalación sea superior a 25.000, excluidas las tuberías de conexión de los recipientes y los equipos no categorizados referidos en el artículo 4.3 de la Directiva 2014/68/UE.

De esta manera, con el Reglamento actual hay que efectuar la suma de volúmenes de todos los equipos a presión, a diferencia del antiguo Reglamento donde se consideraba cada equipo como independiente. También hay que diferenciar entre los conceptos de presión máxima admisible (PS) y de presión máxima de servicio (Pms). Presión máxima admisible es la presión máxima para la que está diseñado un equipo, mientras que presión máxima de servicio es la presión más alta, en las condiciones de funcionamiento, que puede alcanzar un equipo a presión o instalación. Ambas presiones no tienen porqué coincidir en una instalación, pero lo que sí hay que tener presente es que las válvulas de seguridad tienen que estar taradas a la Presión de precinto (Pp) que será el valor de la Presión máxima de servicio.

Documentación para legalización de una Instalación de Aire Comprimido en Madrid

Para registrar una instalación con proyecto en la Comunidad de Madrid es necesario presentar la siguiente documentación:

• Dos copias comunicación de presentación de la documentación, según modelo normalizado MOD-EP180.
• Justificante de pago de la tarifa E.I.C.I. y de la tasa de Industria correspondiente.
• Proyecto redactado y firmado por técnico titulado competente, visado por el Colegio
• Dos copias del certificado de dirección técnica, con el contenido mínimo indicado en el anexo IV del Reglamento de equipos a Presión.
• Dos copias del certificado de la instalación suscrito por la empresa instaladora habilitada de equipos a presión, con categoría EIP-2, y firmado por el responsable técnico competente de la empresa instaladora, con el contenido mínimo indicado en el anexo IV del Reglamento de equipos a Presión.
• Declaración de conformidad o Certificado de fabricación, según corresponda, de los equipos a presión y otros elementos que formen parte de la instalación, tales como accesorios de seguridad o presión, de acuerdo con la Reglamentación que le fuera de aplicación en el momento de su fabricación.
Certificado de pruebas en el lugar de emplazamiento. Esta prueba será supervisada por una E.I.C.I. cuando así esté establecido por el Reglamento o a petición voluntaria del Titular de la instalación.
Relación de los números identificativos de las placas de instalación e inspecciones periódicas de cada equipo a presión.
• Justificación de Empresa instaladora habilitada en Equipos a Presión.

Para registrar una instalación con memoria técnica en la Comunidad de Madrid es necesario presentar la siguiente documentación:

• Dos copias comunicación de presentación de la documentación, según modelo normalizado MOD-EP180.
• Justificante de pago de la tarifa E.I.C.I. y de la tasa de Industria correspondiente.
• Memoria técnica, suscrita por empresa habilitada de equipos a presión para tal cometido, EIP-1 o EIP-2, según modelo normalizado MOD-EP-182, junto con el Certificado de pruebas en lugar de emplazamiento.
• Dos copias del certificado de la instalación suscrito por la empresa instaladora habilitada, con el contenido mínimo indicado en el anexo IV del Reglamento de equipos a Presión.
• Declaración de conformidad o Certificado de fabricación, según corresponda, de los equipos a presión y otros elementos que formen parte de la instalación, tales como accesorios de seguridad o presión, de acuerdo con la Reglamentación que le fuera de aplicación en el momento de su fabricación.
Relación de los números identificativos de las placas de instalación e inspecciones periódicas de cada equipo a presión.
• Justificación de Empresa instaladora habilitada en Equipos a Presión.

Además de esta documentación, se incluirán también el plano de ubicación, el plano de instalación y el diagrama de flujo.

Placas Identificativas de la Instalación de Aire Comprimido

Las chapas de instalación de cada uno de los equipos a presión de la instalación las colocará el instalador habilitado una vez que haya realizado las pruebas en lugar de emplazamiento y realizado los Certificados de pruebas e instalación. Estas chapas de instalación son facilitadas por la Comunidad de Madrid a los instaladores habilitados con su correspondiente número de identificación. El instalador habilitado deberá grabar en la chapa de instalación los siguientes datos: Fecha de instalación, Presión máxima de servicio (bar), Presión de prueba (bar), Categoría y Grupo. La fecha de instalación determinará la fecha de las posteriores Inspecciones de nivel en función de la categoría del equipo a presión y del grupo de fluido. En el caso del aire comprimido o nitrógeno es el Grupo 2.

En la siguiente tabla se indican la periodicidad de los niveles de Inspección para los equipos a presión categorizados.

En la siguiente tabla se indican la periodicidad de los niveles de Inspección para las tuberías a presión categorizadas.

Para facilitar la identificación de la categoría de los equipos a presión para fluidos del Grupo 2 se puede utilizar el siguiente cuadro:

(1) Sin categoría, según art. 4.3 Directiva 2014/68/UE
(2) PS ≤ 0,5 bar, no se aplica la Directiva

Para facilitar la identificación de la categoría de las tuberías a presión para fluidos del Grupo 2 se puede utilizar el siguiente cuadro:

(A) Sin categoría, según art. 4.3 Directiva 2014/68/UE
(B) PS ≤ 0,5 bar, no se aplica la Directiva

 

Proceso de registro para la legalización de una Instalación de Aire Comprimido en Madrid

Una vez que el instalador habilitado ha presentado toda la documentación en la E.I.C.I., ésta se encarga telemáticamente mediante un programa de comunicación interno de realizar el registro en Industria, generándose un número de registro de la instalación que la E.I.C.I. reflejará en los documentos, sellados también por la E.I.C.I., de comunicación de presentación de la documentación y de la memoria técnica.

Otra diferencia de la Comunidad de Madrid respecto a otras Comunidades Autónomas es que en algunas instalaciones antes de sellar y formalizar completamente el registro de la misma por la E.I.C.I., ésta debe realizar una Inspección de la instalación a la que también puede asistir un inspector de la Dirección General de Industria de la Comunidad. El propio sistema informático del registro determina aleatoriamente la inspección para el 15% de las instalaciones con memoria y para el 50% de las instalaciones con proyecto. La inspección se realizará en un plazo máximo de 25 días.

En el procedimiento para la legalización y puesta en servicio de instalaciones de equipos a presión con equipos nuevos no hay que realizar ningún tipo de Inspección de nivel ya que es suficiente con presentar las Declaraciones de conformidad o Certificados de fabricación de los equipos. Pero para equipos antiguos cuya instalación y puesta en servicio se hubiera efectuado con anterioridad a la entrada en vigor de la Orden de 23 de marzo de 2016 y no hubieran comunicado tal hecho, se deberá realizar una Inspección de nivel C de toda la instalación, adjuntando el Certificado de Inspección con el resto de documentación a presentar para el registro de la instalación.

En el caso de equipos a presión sin Declaración de conformidad o Certificado de fabricación cuya instalación y puesta en servicio se hubiera efectuado con anterioridad a la entrada en vigor de la Orden de 23 de marzo de 2016 y no hubieran comunicado tal hecho, tienen como fecha límite para poder registrarse el 29 de octubre de 2020. En estos equipos, al no disponer de Declaración de conformidad o Certificado de fabricación, hay que adjuntar para su registro un Anexo de cálculo que incluirá: Justificación técnica de cálculos y planos de diseño (Instalador), Cálculos de espesores (Instalador), Informe de materiales (laboratorio o E.I.C.I.), Informe de END (laboratorio o E.I.C.I.), Informe de inspección visual (E.I.C.I.), Informe de comprobación de espesores (E.I.C.I.). Lo costoso de la realización de este Anexo ha provocado la sustitución de muchos equipos a presión antiguos que no disponían de Declaración de conformidad o Certificado de fabricación.

Cuando se realiza una ampliación en una instalación de aire comprimido se debe efectuar el registro como si fuera una instalación nueva. Sin embargo, cuando se sustituye un equipo a presión ya registrado por otro equipo a presión idéntico o de características similares, no se considera modificación y por tanto no es necesario registrarlo. Pero el titular de la instalación deberá tener constancia documental de la sustitución y todos los papeles del equipo (Declaración CE, pruebas, Certificado de instalación, Placa de instalación, …) y presentarlos al realizar las futuras Inspecciones de nivel.

Como se puede comprobar leyendo este artículo, en una instalación de aire comprimido hay que tener en cuenta numerosos datos y características de la instalación y de los equipos a presión que la componen, los cuales determinan finalmente como realizar el registro de la instalación de aire comprimido. Un instalador habilitado, como Serviaire, podrá asesorarle y realizar todas las gestiones para el registro y legalización de su instalación, así como las futuras Inspecciones de nivel.